Este es el segundo sistema en los cuales se pueden clasificar los vinos españoles (este sistema puede variar dependiendo la región vitivinícola).
La clasificación de los vinos españoles, para adaptarse a la normativa europea, se divide en dos grandes grupos: los Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD) y los Vinos de Mesa (VDM).
• Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD):
Son los de mayor calidad debido a la exigencia y control que se establece en la producción.
o Vinos con Denominación de Origen Calificada (DOCa)
Los vinos de máxima calidad y además mantenida durante un largo periodo de tiempo:
Que hayan transcurrido, al menos, diez años desde su reconocimiento como Denominación de Origen.
Se comercialice todo el vino embotellado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica delimitada.
Cuente con un sistema de control desde la producción hasta la comercialización respecto a calidad y cantidad, que incluya un control fisico-químico y organoléptico por lotes homogéneos de volumen limitado.
Está prohibida la coexistencia en la misma bodega con vinos sin derecho a la DOCa, salvo vinos de pagos calificados ubicados en su territorio.
Ha de disponer de una delimitación cartográfica, por municipios, de los terrenos aptos para producir vinos con derecho a la DOCa.
o Vinos con Denominación de Origen (DO).
Vinos con prestigio que proceden de una zona determinada y reglamentado por un Consejo Regulador:
Haber sido elaborados en la región, comarca, localidad o lugar determinados con uvas procedentes de los mismos;
Disfrutar de un elevado prestigio en el tráfico comercial en atención a su origen.
Que su calidad y características se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico que incluye los factores naturales y humanos.
Además, han de haber transcurrido, al menos, cinco años desde su reconocimiento como vino de calidad con indicación geográfica.
o Vinos de Calidad con Indicación Geográfica
Son vinos elaborados en una región determinada, con uvas procedentes de la misma y cuya calidad, reputación o características se deben al “medio geográfico, al factor humano o a ambos, en lo que se refiere a la producción de la uva, a la elaboración del vino o a su envejecimiento. Se identificarán mediante la mención Vino de calidad de..., seguida del nombre del lugar donde se produzcan”.
o Vinos de Pago.
Nueva categoría dentro de la clasificación de vinos. Son los originarios de un pago" entendiendo por tal el paraje o sitio rural con características edáficas y de microclima propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, conocido con un nombre vinculado de forma tradicional y notoria al cultivo de los viñedos de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares y cuya extensión máxima será limitada reglamentariamente por la Administración competente, de acuerdo con las características propias de cada Comunidad Autónoma, y no podrá ser igual ni superior a la de ninguno de los términos municipales en cuyo territorio o territorios, si fueren más de uno, se ubique.
• Vinos de Mesa (VDM):
Vinos de una calidad teóricamente inferior, pero que en ocasiones alcanzan niveles iguales o superiores:
o Vinos de la Tierra
Vinos de determinadas zonas que son perfectamente identificables y con marcadas características locales, siguiendo una normativa vinícola y enológica no tan exigente como la de las DO.
o Vinos de Mesa
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